Ráfaga: Documentos y testimonios, no consulta popular

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Jorge Herrera Valenzuela
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Ciudad de México, 1 de octubre de 2020.- La mejor consulta popular se realizó antes del 1 de julio de hace dos años. No hubo convocatoria expresa. Tampoco se recurrió al más Alto Tribunal Judicial. El resultado que se obtuvo en las urnas electorales fue contundente. Más de treinta millones de mexicanos, entiéndase hombres, mujeres, jóvenes y adultos, votaron contra la corrupción y la impunidad. Rechazaron no a los candidatos presidenciales, sí desterraron a los partidos políticos y esperaban no una transformación radical y sí deseaban, y siguen deseando, una administración constructora, unificadora y restauradora.

No hay un solo mexicano que esté a favor de que las hermanas del desastre, corrupción e impunidad se mantengan en los tres niveles de gobierno. En los últimos treinta años las nuevas generaciones solo han oído hablar de los políticos y funcionarios ladrones, de policías torturadores, de pingües negocios. Por eso, debería darse una batalla abierta, transparente y sin excepciones.

El primer día de octubre, en este año de crisis y pandemia, o sea hoy, los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en pleno realizaron una reunión especial, uno de ellos presentó el proyecto para su discusión y aprobación o rechazo, relacionado con la demanda presidencial de realizar “una consulta popular” para saber si son o no enjuiciados los últimos cinco expresidentes de México, por considerados por el hombre de Palacio Nacional como presuntos responsables de la situación en que se encuentra el país. El resultado fue de 6 votos a favor y 5 en contra, por lo que se consideró como constitucional.

Desde el inicio de este sexenio el presidente ha planteado llevar a juicio “por voluntad popular” a los gobernantes del neoliberalismo. En un principio manifestó que él “votaría en contra” y dejaba al pueblo sabio y bueno la determinación. Después el tabasqueño envío al Senado la solicitud para respaldar su propósito y la petición fue turnada al máximo representante del Poder Judicial Federal, a que corresponde resolver conforme al marco jurídico.

El ministro ponente fue el jurista Luis María Aguilar Morales. A propuesta presidencial el abogado, originario del Distrito Federal y hoy de 70 años edad, fue ratificado por el Senador de la República para que el 1 de diciembre de 2009 asumiera el cargo de ministro. En el trienio 2015-2018 fue presidente de la Suprema Corte. En el pleno de hoy se leyó la ponencia en que se califica de inconstitucional la consulta popular. Por supuesto, tiene una fundamentación jurídica, detallada en 43 fojas.

Trascendental precedente
El fallo de los señores ministros fue un pleno trascendente. Se oyeron los pros y los contras. Sentó un precedente en este tipo de asuntos, en los que el solicitante, demandante o promovente es el jefe del Poder Ejecutivo Federal, quien había dicho respecto a la posible declaración de inconstitucionalidad de la consulta popular: “Mejor vamos a esperar a que el pleno de la Corte resuelva, que actúen con apego estricto a la ley, que no se dejen intimidar, que actúen con criterio”.

Tanto en los pasillos del medio judicial como en los despachos de los abogados litigantes, en las aulas universitarias e inclusive en el ambiente gubernamental se estima que si los cinco expresidentes, de 1988 a 2018, cometieron no faltas administrativas, sino delitos del orden común o del nivel federal, lo conducente es denunciarlos ante la autoridad competente, ya sea la Fiscalía de la Ciudad de México o la Fiscalía General de la República. Proceder a que se abra una carpeta, concretando los delitos presuntamente cometidos.

Aportar las pruebas documentales y recabar los testimonios es tarea del Ministerio Público, además de escuchar a los presuntos indiciados, recibir las pruebas de descargo y, en su caso, realizar los peritajes a que haya lugar. Una vez concluido el procedimiento, la o las carpetas (expedientes) se ponen en manos de los jueces que se encarguen del siguiente paso: vincular a proceso a los indiciados y declarar si procede o no la prisión preventiva. También el juzgador puede resolver que no hay delitos que perseguir.

El pleno de la Suprema Corte lo preside, desde diciembre de 2019, el queretano Arturo Fernando Zaldívar Lelo de Larrea. Los ministros son el ponente Luis María Aguilar, así como Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek, José Fernando Franco González Salas, Alberto Pérez Dayán y la ministra Norma Lucía Piña Hernández.

Las ministras Yasmín Esquivel Mosso y Margarita Ríos Farjat, junto con el Ministro Juan José González Alcántara Carrancá, también recibieron la ratificación en sesión plenaria del Senado, entre diciembre de 2018 y diciembre de 2019, a propuesta del Ejecutivo Federal.

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