Tribunal de los vagos

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Vago, ga. Del latín vacuus, “desocupado”.

  1. adj. Holgazán, perezoso, poco trabajador. U.t.c.s.
  2. Dicho de una persona: Sin oficio y mal entretenida. U.t.c.s.
  3. adj. Vacío, desocupado.
  4. adj. Desus. Vacante, vaco.
  5. m. Ar. Solar, vacío.[1]

Por analogía aplicamos los términos de: flojo, gandul, perezoso, holgazán, mendicante, limosnero, pedigüeño, haragán, indolente, vagabundo; otras más, aunque ya con distorsionado énfasis: indigente, errante/errabundo, apático, zángano, remolón… o aquel epíteto poco conocido y en desuso de: bichicome[2] e inclusive, con  evidente matiz sexual: mariposón.

Pareciera ocasión de ocio pero, el resultado de los actos irreflexivos inhiben voluntades, penalizan a aquellos en quienes los efectos resquebraja el equilibrio y desarrollo en sus centros de asociación, asentamiento, trabajo, hasta provocar la destrucción, el empobrecimiento, aumento de la migración, muerte de humanos (de la vida en general). Los narradores, ante el apuro y complejidad del estudio, para encomiar las decisiones de los gobernantes en turno ―o denigrar, en el caso de los opositores― toman por base a modo periodo o momento ―a conveniencia― sin mirar propiamente el origen del desajuste social.

“… la publicación de un decreto de la Asamblea Departamental de México que restablecía el tribunal de los Vagos en febrero de 1845, tras años de inactividad…”.[3]

Con origen en tierras hispanas/europeas: “…la indigencia, por supuesto, no demoró en atravesar el Atlántico y, alrededor de las centuria XVI y XVII, aparecieron sus primeros representantes en la capital de la Nueva España. El abrupto y vertiginoso trasplante de la ciudad europea a este hemisferio dejó atrapadas, en el interior de sus límites, a muchas personas que no contaban con los recursos necesarios para la subsistencia y que, debido a la implementación de las nuevas dinámicas sociales y económicas, no pudieron más que resignarse a una existencia ambulante por las calles recién trazadas.

“A finales del siglo XVIII, según cifras ofrecidas por el historiador José María Luis Mora, en la Ciudad de México había cerca de 800,000 familias, 505,000 de las cuales padecían, en mayor o menor medida, las crueldades de la indigencia. En efecto, eran pocos los individuos, en su opinión, quizá solo la ‘quinta parte’, los que podían andar ‘calzados y vestidos, y [que] se alimentaban mejor que los demás. La tendencia continuó sin obstáculos de ningún tipo y más tarde, en el siglo XIX, el gobierno capitalino instituyó, a fin de ponerle un alto, el Tribunal de los Vagos de la Ciudad de México. Este organismo, que tenía propósitos de corrección y enmienda, removía a los indigentes de la vía pública y trataba de reinsertarlos, de un modo u otro, a la vida productiva.”[4]

“La nueva nación mexicana que surgió en 1821 al separarse de España… adoptó el ideal del ciudadano respetuoso de la propiedad privada, trabajador y productivo, lo que provocó el rechazo al ocio, el juego y la falta de oficio… La idea del inútil social resultó ser la justificación para perseguir a quienes no cumplían con el estereotipo ceñido a las reglas de comportamiento, honorabilidad y las virtudes del trabajo, Así, pudo recluirse a quienes no tenían oficio o un modo de ganarse la vida aceptable para la época.

“De este modo, el Tribunal de Vagos vio la luz a partir del 3 de marzo de 1828 por el Despacho de Justicia y Negocios Eclesiásticos, que estableció un sistema nacional de tribunales para definir quiénes eran vagos, aplicar castigos y acelerar las causales. De estas últimas, las más comunes para ser detenido, acusado y procesado, estaban dedicarse a los juegos de azar en tabernas durante el horario de trabajo; obtener recursos mediante el robo, pedir limosna o caridad; consumir demasiado tiempo en paseos o actividades ociosas; abandonar el empleo; no tener un modo conocido de subsistencia; gastar el dinero y el tiempo en pulquerías o cualquier otro sitio considerado inmoral; dedicarse a tocar instrumentos en la vía publica; presentar desnudez o aspecto desaliñado; mostrar actitudes soeces o vulgares en público; vivir en casa de los padres teniendo edad para dedicarse a una actividad laboriosa y productiva; aprendices de obrajes o labranza que abandonaran su instrucción y abandonar las casa de corrección u orfanatos. También se multaba con cantidades que iban de diez a cien pesos a quienes […] albergaran en sus casas a ociosos o vagos…

“La aprehensión de vagos se dio también de acuerdo con las necesidades de mano de obra de las clases acomodadas capitalistas, ya que entre los castigos que se aplicaban a los procesados por ese delito estuvo el trabajo en fábricas textiles, ferreterías o en el campo, en obrajes y haciendas; además, podían ser ingresados al servicio militar o llevados a auxiliar en obras públicas. Todo ello con el afán de que los ‘viciosos’ pudieran convertirse e personas útiles.”[5]

El Tribunal de los Vagos contrapone a la “gente decente, trabajadora e industriosa” la imagen y el malvivir de los “vagos y viciosos”. Viene desde el siglo XVIII durante la administración virreinal con el aumento de la población desocupada o desplazada ante el aumento impositivo para financiar las guerras borbónicas cuyos aires y conductas llegaron a la administración del nuevo espacio liberado: el México independiente.

En el rubro de la lucha contra la vagancia iniciado por edicto en 1745 incluía la persecución de lo “gitano” enfrentados éstos y los incriminados de holgazanes a los rigores de una visión absolutista.

El 11 de marzo de 1828 queda decretado el “Tribunal de Vagos de la Ciudad de México” con la colaboración de alcaldes auxiliares del Ayuntamiento para la vigilancia de sus circunscripciones y de los juicios a los detenidos sin mal físico que les impidiera trabajar y carecieran de un modo honesto de vida o incurrieran en la terrible falta de solicitar la caridad pública.

“Para lograr el objetivo de acabar con la vagancia, se levantó un padrón para censar a los habitantes de la ciudad dividiendo a la población entre la ‘gente decente, trabajadora e industriosa’ y los ‘vagos y viciosos’. Fueron de principal importancia la presencia de los maestros artesanos a los que se les encargó […] brindar capacitación a los detenidos por el tribunal para que aprendieran un oficio que les permitiese poder tener un trabajo y sobre todo, vigilar su conducta. Las causales para que [a] una persona la pudiese procesar en el tribunal van desde la falta de dedicación al trabajo, su presencia en las pulquerías y vinaterías en horarios laborales o fuera de los horarios permitidos, su vestimenta o comportamiento sospechosos. Por lo regular buena parte de las personas juzgadas eran absueltas y liberadas ya que por lo regular, en las investigaciones se encontraban testimonios que permitían determinar que no se trataban de personas ‘viciosas’, lo que nos dice que en el propio tribunal había cierta tolerancia que permitía que no [a] todos los que llegasen ante ellos, se les dictara condena.

“Aun con este aparato punitivo para impedir la presencia de la vagancia, lo cierto es que para 1841 se reporta que en la ciudad había una gran cantidad de mendigos que armaban toda serie de escándalos vinculados con el abuso del alcohol que terminaban en riñas o exhibiciones indecentes, por lo que derivó, en el año de 1845, en tomar medidas rigurosas como la prohibición de los juegos de azar, de oficios como el de cantante ambulante y de toda forma de mendicidad, por lo que refleja una señal de la secularización de la clase gobernante que atacaba el principio de la caridad como derecho de los pobres y de deber de los ricos. También se dictó que toda persona de 18 años que se encontrara desempleada tenía como opciones el de engrosar las filas del ejército, laborar en las fábricas de hilados y tejidos, ferreterías o directamente a las labores del campo. A los menores de 18 años se les mandaba de aprendices con un maestro artesano, quedando asentado que si ocasionaban alguna clase de problema se les mandase al hospicio o a las casas de corrección.

“La falta de eficacia de las medidas punitivas anteriores hizo que se involucraran más a los funcionarios del ayuntamiento, quienes, además de vigilar los comportamientos de sus vecinos, estaban en la obligación de participar en los juicios como testigos […] ante las alarmantes cifras de [in]seguridad que presentaba la capital.”[6]

Con origen en tiempos de la Ilustración, asentado en el México independiente[7], El Tribunal de los Vagos aún empaña a los “fracasados” que confiaran y confían en el valor de un título o el cumplimiento de alguna de las ramas de los oficios.

Lucio Ernesto Maldonado Ojeda entonces estudiante del doctorado en Historia la Facultad de Filosofía y Letras (UNAM):  … expone brevemente algunos de los antecedentes sobre los órganos o instancias encargadas de procesar a los acusados de vagancia, anteriores a la fundación en la Ciudad de México del Tribunal de Vagos, dentro del contexto de las transformaciones que experimentó  el aparato judicial y administrativo del país, desde el siglo XVIII y las dos primeras décadas del siglo siguiente, hasta el momento en que dicho tribunal especial hizo su aparición en la historia institucional de México en 1828.[8]

 


[1] Diccionario de la Lengua Española. Edición del Tricentenario.

[2] Persona que vive de los desperdicios.

[3] Dr. Lucio Ernesto Maldonado Ojeda. El Tribunal de Vagos de la Ciudad de México del siglo XIX. Capitulo III. El derecho a la pereza en el México del silo XIX. Centro de Estudios Constitucionales SCJN.

[4] Francisco Gallardo Negrete. La indigencia en la metrópoli; olvidados y estropeados en la Ciudad de México. Enero 9 del 2018. la brujula.nexos.com.mx Visitado el 14 y 15 de del 2023 y 28 de marzo del 2024.

[5] Extracto del artículo “Enemigos de la vagancia” de Oscar Ibarra Espinoza. Texto íntegro en Relatos e Historias en México, número 96, visitado el 15 de noviembre del 2023.

[6] Federico Flores Pérez, visitado el 15 de noviembre del 2023. Menciona como material bibliográfico a Sonia Pérez Toledo, Los vagos de la ciudad de México y el Tribunal de Vagos en la primera mitad del siglo XIX, revista Secuencia número 29, Instituto Mora.

[7] Recomendamos visitar: Un paraíso arrasado. Publicado en sitquije.com

[8] Luis Ernesto Maldonado Ojeda. Antropología. Revista Interdisciplinaria del INAH, número 70, 2003.Visitado el 31 de marzo del 2024.

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