Ciudad de México, 11 de febrero de 2019.- El Foro Consultivo Científico y Tecnológico, por conducto de su Mesa Directiva, se pronuncia sobre la iniciativa de Ley de Humanidades, Ciencias y Tecnología presentada por la senadora Ana Lilia Rivera.

1. Contexto
La iniciativa de ley fue presentada en el Senado de la República el viernes 8 de febrero de 2019 para reemplazar la Ley de Ciencia y Tecnología vigente, expedida en 2002 y que ha sido modificada en varias ocasiones, la última de ellas en 2015. También reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

A continuación, se exponen los temas que desde nuestro punto de vista hacen que la propuesta sea un retroceso en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación (CTI), por lo que se propone analizar los considerandos que, a continuación, se exponen. Es indispensable que una reforma a la Ley de Ciencia y Tecnología sea discutida ampliamente por la comunidad de CTI a través de las instancias de participación existentes, en particular del Foro Consultivo Científico y Tecnológico (Fccyt).

La iniciativa de reforma en comento parte del supuesto de que se requiere un cambio de raíz y de una renovación jurídico institucional muy amplia. Consideramos que la ley vigente tiene un sentido mucho más amplio que el que se plantea y que, aunque es perfectible, responde a la necesidad de crear mecanismos que aseguren una amplia participación del sector de CTI en el diseño de la política pública.

2. Centralización de funciones en el Conahcyt (Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnologías)

a. La propuesta centraliza y concentra la toma de decisiones del sistema de CTI en el Conahcyt; desde la composición de su Junta de Gobierno (JG), hasta la autoridad que le otorga a la Dirección General (DG). Desaparece el Consejo General de CTI, y en su lugar queda la Junta de Gobierno del Consejo, donde concurren la Presidencia de la República y Secretarías de Estado. Se elimina la participación de todos los demás actores no gubernamentales que hoy son parte del Consejo General (Fccyt, Academia Mexicana de Ciencias, Anuies, la Rednacecyt, consejeros representantes de los investigadores y del sector productivo, entre otros). La JG operaría así al margen del sistema que pretende gobernar. No es claro que sea procedente que la DG del Conahcyt pueda presidir un Consejo formado por Secretarías de Estado, actuando como juez y parte.
b. En relación a los Centros Públicos de Investigación (CPIs), en la propuesta se puede decretar su desaparición como CPIs a juicio unilateral de la JG de Conahcyt. Aunque la ley mantiene formalmente la autonomía de decisión técnica, operativa y administrativa de los Centros, en la práctica queda eliminada y hay una injerencia en su funcionamiento interno desde la DG de Conahcyt, incluyendo los procesos para nombrar y remover a los titulares de cada CPI, así como a sus respectivos representantes legales.
3. Desaparición de organismos existentes para la definición de política y consultas en materia de generación de conocimientos
a. La propuesta implica la desaparición del Fccyt, del Consejo Consultivo de Ciencias, de la Coordinación de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Oficina de la Presidencia de la República, y deja al Conahcyt como el único interlocutor del sector CTI del país con el gobierno federal. Desaparecen también la Conferencia Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación la cual establece la relación con los organismos estatales y la relación orgánica con la Rednacecyt.
b. Los mecanismos de consulta con la comunidad académica, hoy normados en buena medida por la interacción en el Consejo General y el Fccyt, son sustituidos por foros de consulta ad hoc, nombrados por el Conahcyt con atribuciones, funciones y financiamiento definido por el mismo, en un claro conflicto de interés y desempeño como juez y parte. No hay un mecanismo en la propuesta para definir estos foros ni su funcionamiento.

4. Asignación de atribuciones al Conahcyt

a. Desaparece los comités intersecretariales, preside los comités de los fondos, designa a los evaluadores de los proyectos y propuestas sin tomar en cuenta a las Secretarías de Estado y a los gobiernos estatales (cuando antes se nombraban de común acuerdo).
b. La Ley de Bioseguridad y de Organismos Genéticamente Modificados es absorbida dentro de la propuesta y las funciones de la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad quedan completamente a cargo del Conahcyt, excluyendo la participación de las Secretarías de Salud, Sader y Semarnat.
c. El Conahcyt se convierte en el único órgano de consulta para asesorar a todos los poderes de la federación (ejecutivo, legislativo y judicial) y a todos los órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal) en materia de generación de conocimiento.
d. La propuesta contempla la posibilidad de que el Conahcyt prohíba, limite o cancele programas, proyectos y actividades de investigación, y que suspenda el régimen de patentes, para aquellas líneas que sean consideradas unilateralmente como riesgosas por la DG del Conahcyt.
e. La definición de proyectos estratégicos está sujeta a la determinación de la DG de Conahcyt, sin retroalimentación de la comunidad científica y tecnológica responsable de llevarlos a cabo.
f. La iniciativa de ley sujeta en todos los casos el desarrollo de proyectos a la observancia de los principios de “previsión, prevención y precaución para la gestión de riesgos”, a discreción de la DG del Conahcyt. Estos principios no están definidos y su aplicación puede considerarse una censura y una limitación sustantiva a la libertad de investigación.
g. Se propone que el Conahcyt sea el único responsable de la elaboración, presentación y aprobación del Programa Especial de Humanidades Ciencia y Tecnología, sin considerar la innovación, cuando hoy en día la comunidad juega un papel importante para ello, a través de la interlocución que realizan el Fccyt y el Consejo General.

5. Falta de consulta con la comunidad de ciencia, tecnología e innovación

a. La iniciativa fue presentada al Congreso de la Unión sin una discusión con la comunidad de CTI en el país, ya sea a través de los CPIs, de las Universidades e Instituciones de Educación Superior, o de las numerosas agrupaciones académicas reconocidas en la Ley y en diversos órganos colegiados del sistema, particularmente el Fccyt y las Academias de Ciencias, Ingeniería y Medicina, entre otras.

Finalmente, los espacios de consulta y participación de las comunidades académicas y tecnológicas y de los sectores sociales y privado resultan cruciales para el futuro de la ciencia y la tecnología del país. Por ello, exhortamos al Senado de la República a iniciar un diálogo constructivo e incluyente para acordar una ley que contribuya al desarrollo y bienestar de México.

Mesa Directiva del Foro Científico y Tecnológico, A. C (Fccyt):

• Academia de Ingeniería (AI); • Academia Mexicana de Ciencias (AMC), • Academia Mexicana de la Lengua (AML); • Academia Nacional de Medicina (ANM); • Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES), • Asociación de Directivos de la Investigación Aplicada y Desarrollo Tecnológico A.C.(ADIAT), • Cámara Nacional de la Industria de Transformación (CANACINTRA), • Centro de Investigación y de Estudios Avanzados (CINVESTAV); • Confederación Nacional de Cámaras Industriales de los Estados Unidos Mexicanos (CONCAMIN); • Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX); • Consejo Mexicano de Ciencias Sociales, A.C. (COMECSO); • Presidente del Consejo Nacional Agropecuario (CNA); • Instituto Politécnico Nacional (IPN); • Red Nacional de Consejos y Organismos Estatales de Ciencia y Tecnología (REDNACECYT), • Sistema de Centros Públicos de Investigación CONACYT • Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); • Tres Investigadores electos por las áreas 1,2 y 3; 4 y 5; 6 y 7 del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).

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